Datos básicos
Tipo
Decisión
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
58 / 2000
- Título ES
- ACUERDO SOBRE OBSTÁCULOS TÉCNICOS AL COMERCIO DE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE COMERCIO
- Título PT
- ACORDO SOBRE BARREIRAS TÉCNICAS AO COMÉRCIO DA ORGANIZAÇÃO MUNDIAL DO COMÉRCIO
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (CMC) Consejo del Mercado Común
- Fecha de aprobación
- 15/12/2000
- Organo/Foro que la aprueba
- (CMC) Consejo del Mercado Común
- Tema
- ACUERDOS REGIONALES
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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-- | 15/12/2000 | Aprobado y Publicado | -- |
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Incorporación
La normativa requiere incorporación
Protocolización en ALADI
- Número de Protocolo
- AAP.CE N° 18 - PA 28
- Fecha de Protocolización
- 29/12/2000
Entrada en Vigencia
Vigente para Argentina, Brasil y Uruguay desde el 29/07/2012 - Art. 40 POP (Mendoza 29/06/2012).
Vigente para Paraguay desde el 30/11/2018.
- Marco Jurídico
- Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.
Concordancia
Desde esta Decisión a otros documentos
1 | Ver | Decisión | 3/1994 | RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS | -- | Ver Decisión |
Desde otros documentos a esta Decisión
1 | Ver | Resolución | 45/2017 | PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN, REVISIÓN Y DEROGACIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS MERCOSUR Y PROCEDIMIENTOS MERCOSUR DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC Nº 56/02) | -- | Ver Resolución |
2 | Ver | Decisión | 17/1997 | RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS | -- | Ver Decisión |
3 | Ver | Resolución | 57/2018 | GLOSARIO DE TÉRMINOS RELATIVOS A REGLAMENTOS TÉCNICOS Y EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 24/03) | -- | Ver Resolución |
4 | Ver | Resolución | 30/2021 | GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS MERCOSUR Y PROCEDIMIENTOS MERCOSUR DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD | -- | Ver Resolución |
5 | Ver | Resolución | 31/2021 | REQUISITOS A SER CUMPLIDOS POR LOS ORGANISMOS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD Y ORGANISMOS DE ACREDITACIÓN Y POR LOS ESQUEMAS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD EN LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 40/92) | -- | Ver Resolución |
6 | Ver | Resolución | 15/2022 | INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA DE LA “GUÍA PARA LA ELABORACIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS MERCOSUR Y PROCEDIMIENTOS MERCOSUR DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD” (COMPLEMENTACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 30/21) | -- | Ver Resolución |
7 | Ver | Resolución | 28/2022 | DEROGACIÓN DE LAS RESOLUCIONES GMC Nº 25/03 Y 14/05 | -- | Ver Resolución |
8 | Ver | Decisión | 16/2019 | MARCO GENERAL PARA LAS INICIATIVAS FACILITADORAS DEL COMERCIO EN EL MERCOSUR | -- | Ver Decisión |