Datos básicos
Tipo
Resolución
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
24 / 1999
- Título ES
- Manual de Procedimientos de Coordinación de Frecuencia de Sistemas Troncalizados
- Título PT
- Manual de Procedimentos de Coordenação de Frequências de Sistemas Troncalizados
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (SGT Nº 1) Comunicaciones
- Fecha de aprobación
- 10/06/1999
- Organo/Foro que la aprueba
- (GMC) Grupo Mercado Común
- Tema
- Comunicación
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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-- | 10/06/1999 | Aprobado y Publicado | -- |
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Incorporación
La normativa requiere incorporación
Argentina
Incorporada
Resolución SC Nº 1577/1999 del 30/09/99, publicada en el BO el 08/10/99. |
Brasil
Incorporada
Resolución ANATEL Nº 158/99 del 23/08/99, publicada en el DOU el 25/08/99. |
Paraguay
Incorporada
Resolución CONATEL Nº1431 del 22/11/2002 |
Uruguay
Incorporada
Decreto del PE Nº 25/000 del 25/01/00, publicado en el DO el 02/02/00. |
Entrada en Vigencia
Vigente desde el 27/03/2003 - Art. 40 POP.
- Marco Jurídico
- Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.
Concordancia
Desde esta Resolución a otros documentos
La normativa no posee concordancia en este sentido.
Desde otros documentos a esta Resolución
La normativa no posee concordancia en este sentido.