RELEVAMIENTO DE INFORMACIÓN PREVISTA EN LAS CONCLUSIONES DE GRUPOS DE TRABAJO DE LA SUB-COMISIÓN COMERCIAL MERCOSUR - UNIÓN EUROPEADetalles de la Normativa

Datos básicos

Tipo

Resolución

Clase

Original

Acceso

Público

Número / Año

16 / 1997


Título ES
RELEVAMIENTO DE INFORMACIÓN PREVISTA EN LAS CONCLUSIONES DE GRUPOS DE TRABAJO DE LA SUB-COMISIÓN COMERCIAL MERCOSUR - UNIÓN EUROPEA
Título PT
LEVANTAMENTO DE INFORMAÇÃO PREVISTA NAS CONCLUSÕES DE GRUPOS DE TRABALHO DA SUBCOMISSÃO COMERCIAL MERCOSUL –UNIÃO EUROPEIA
Organo/Foro al que pertenece
  • (GMC) Grupo Mercado Común
Fecha de aprobación
17/06/1997
Organo/Foro que la aprueba
(GMC) Grupo Mercado Común
Tema
Relacionamiento Externo

Archivos

Actual Versión Fecha Versión Revisión SM Observaciones  
-- 17/06/1997 Aprobado y Publicado --

Incorporación

Entrada en Vigencia


Marco Jurídico
Art. 5 a) y 9 ii) Decisión CMC Nº 023/2000: a) Esta Resolución no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR ii) Los Estados Partes deberán identificar cuáles fueron las normas no incorporadas debido a las circunstancias previstas en el artículo 5 (a). La identificación de estas normas se hará en orden cronológico decreciente y será realizada de forma cuatripartita en el ámbito del GMC. La SAM tomará nota de los resultados de ese trabajo con vistas a la actualización de la información que se proporcione en el Cuadro de Incorporación de Protocolos Decisiones Resoluciones y Directivas.

Concordancia

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