Datos básicos
Tipo
Resolución
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
36 / 1997
- Título ES
- INCLUSIÓN DE NUEVOS ADITIVOS EN LA LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLÁSTICOS (MODIFICACIÓN RES Nº 95/94 GMC)
- Título PT
- INCLUSÃO DE NOVOS ADITIVOS NA LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIAIS PLÁSTICOS (MODIFICAÇÃO RES 95/94 GMC)
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (SGT Nº 3) Reglamentos Técnicos
- Fecha de aprobación
- 05/09/1997
- Organo/Foro que la aprueba
- (GMC) Grupo Mercado Común
- Tema
- Aditivos
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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-- | 05/09/1997 | Aprobado y Publicado | -- |
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Incorporación
La normativa requiere incorporación
Argentina
Incorporada
Resolución MSyAS Nº 297/1999 del 14/04/99, publicada en el BO 11/05/99. |
Brasil
Incorporada
Portaria SVS/MS Nº 117/99 del 04/03/99, publicada en el DOU el 08/03/99. |
Paraguay
Incorporada
Decreto Nº 15.670 del 12/12/2001. |
Uruguay
Incorporada
Decreto del PE Nº 166/001 de 08/05/01, publicado en el DO el 16/05/01. |
Entrada en Vigencia
Derogada por la Resolució GMC Nº 50/01.
Vigente desde el 05/06/2002 - Art. 40 POP – hasta el 14/06/2008
- Marco Jurídico
- Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.
Concordancia
Desde esta Resolución a otros documentos
1 | Modifica | Resolución | 95/1994 | LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLÁSTICOS | -- | Ver Resolución |
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La normativa no posee concordancia en este sentido.