Datos básicos
Tipo
Decisión
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
21 / 1997
- Título ES
- RÉGIMEN AUTOMOTOR COMÚN
- Título PT
- REGIME AUTOMOTRIZ COMUM
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (CT Nº 9) Sector Automotriz
- Fecha de aprobación
- 15/12/1997
- Organo/Foro que la aprueba
- (CMC) Consejo del Mercado Común
- Tema
- automotor
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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-- | 15/12/1997 | Aprobado y Publicado | -- |
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Incorporación
La normativa no requiere incorporación
Entrada en Vigencia
Vigente desde su aprobación el 15/12/1997 - Art. 5 a) y 9 ii) Decisión CMC Nº 023/2000.
- Marco Jurídico
- Art. 5 a) y 9 ii) Decisión CMC Nº 023/2000: Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR ii) Los Estados Partes deberán identificar cuáles fueron las normas no incorporadas debido a las circunstancias previstas en el artículo 5 (a). La identificación de estas normas se hará en orden cronológico decreciente y será realizada de forma cuatripartita en el ámbito del GMC. La SAM tomará nota de los resultados de ese trabajo con vistas a la actualización de la información que se proporcione en el Cuadro de Incorporación de Protocolos Decisiones Resoluciones y Directivas.
Concordancia
Desde esta Decisión a otros documentos
1 | Ver | Decisión | 7/1994 | ARANCEL EXTERNO COMUN | -- | Ver Decisión |
2 | Ver | Decisión | 29/1994 | ADECUACION AL REGIMEN AUTOMOTRIZ COMUN | -- | Ver Decisión |
3 | Ver | Decisión | 70/2000 | POLÍTICA AUTOMOTRIZ DEL MERCOSUR | -- | Ver Decisión |
4 | Ver | Decisión | 4/2001 | POLÍTICA AUTOMOTRIZ DEL MERCOSUR | -- | Ver Decisión |
Desde otros documentos a esta Decisión
La normativa no posee concordancia en este sentido.