Datos básicos
Tipo
Resolución
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
52 / 1992
- Título ES
- DOCUMENTOS A PLAZO ORIGINADOS EN OPERACIONES COMERCIALES REALIZADAS ENTRE RESIDENTES DE LOS ESTADOS PARTES PODRÁN SER DESCONTADOS POR LAS INSTITUCIONES DE CUALQUIER ESTADO PARTE AUTORIZADAS A OPERAR EN EL CONVENIO DE PAGOS Y CRÉDITOS RECÍPROCOS
- Título PT
- OS DOCUMENTOS A PRAZO ORIGINADOS EM OPERAÇÕES COMERCIAIS REALIZADAS ENTRE RESIDENTES DOS ESTADOS PARTES PODERÃO SER DESCONTADOS PELAS INSTITUIÇÕES DE QUALQUER ESTADO PARTE AUTORIZADAS A OPERAR NO CONVÊNIO DE PAGAMENTOS E CRÉDITOS RECÍPROCOS
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (SGT Nº 4) Políticas Fiscal y Monetaria relacionada con el Comercio
- Fecha de aprobación
- 15/12/1992
- Organo/Foro que la aprueba
- (GMC) Grupo Mercado Común
- Tema
- CONVENIO DE PAGOS Y CRÉDITOS
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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-- | 15/12/1992 | Aprobado y Publicado |
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Incorporación
La normativa requiere incorporación
Argentina
Incorporada
Comunicaciones BCRA A N° 2160, 2333 y 2336. |
Brasil
No incorporada
Paraguay
No incorporada
Uruguay
Incorporada
Circular del BCU Nº 1340 del 21/02/90, artículo 598. Art. 5 b) Decisión CMC N° 23/00. |
Entrada en Vigencia
Será derogada por la Res. GMC Nº 58/98, la cual se encuentra en proceso de incorporación.
Concordancia
Desde esta Resolución a otros documentos
La normativa no posee concordancia en este sentido.
Desde otros documentos a esta Resolución
1 | Es derogada por la | Resolución | 58/1998 | CONVENIOS DE PAGO Y CRÉDITOS RECÍPROCOS (CCR) - DESCUENTOS DE PAGARÉS | -- | Ver Resolución |