PARTICIPACIÓN DE TERCEROS PAÍSES ASOCIADOS EN REUNIONES DEL MERCOSURDetalles de la Normativa

Datos básicos

Tipo

Decisión

Clase

Original

Acceso

Público

Número / Año

14 / 1996


Título ES
PARTICIPACIÓN DE TERCEROS PAÍSES ASOCIADOS EN REUNIONES DEL MERCOSUR
Título PT
PARTICIPAÇÃO DE TERCEIROS PAÍSES ASSOCIADOS EM REUNIÕES DO MERCOSUL
Organo/Foro al que pertenece
  • (GMC) Grupo Mercado Común
Fecha de aprobación
17/12/1996
Organo/Foro que la aprueba
(CMC) Consejo del Mercado Común
Tema
Participación Reuniones

Archivos

Actual Versión Fecha Versión Revisión SM Observaciones  
-- 17/12/1996 Aprobado y Publicado

Incorporación

Entrada en Vigencia


Marco Jurídico
Art. 5 a) y 9 ii) Decisión CMC Nº 023/2000: Esta Decisión no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR ii) Los Estados Partes deberán identificar cuáles fueron las normas no incorporadas debido a las circunstancias previstas en el artículo 5 (a). La identificación de estas normas se hará en orden cronológico decreciente y será realizada de forma cuatripartita en el ámbito del GMC. La SAM tomará nota de los resultados de ese trabajo con vistas a la actualización de la información que se proporcione en el Cuadro de Incorporación de Protocolos Decisiones Resoluciones y Directivas.

Concordancia

Desde esta Decisión a otros documentos

Desde otros documentos a esta Decisión

1 Ver Decisión 26/2008 ACUERDO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE BASES DE DATOS COMPARTIDAS de NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD DEL MERCOSUR Y ESTADOS ASOCIADOS -- Ver Decisión
2 Ver Decisión 49/2010 PROPUESTA MERCOSUR DE RÉGIMEN DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS PARA LOS ACUERDOS CELEBRADOS ENTRE EL MERCOSUR Y LOS ESTADOS ASOCIADOS EN EL ÁMBITO DEL MERCOSUR -- Ver Decisión
3 Ver Decisión 12/2001 ACUERDO SOBRE ASISTENCIA JURÍDICA MUTUA EN ASUNTOS PENALES ENTRE EL MERCOSUR, LA REPÚBLICA DE BOLIVIA Y LA REPÚBLICA DE CHILE -- Ver Decisión
4 Ver Decisión 2/1998 REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO DEL MERCADO COMUN -- Ver Decisión
Retroceder