PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN PARA EL PERIODO JULIO A DICIEMBRE DE 2008Detalles de la Normativa

Datos básicos

Tipo

Resolución

Clase

Original

Acceso

Público

Número / Año

27 / 2008


Título ES
PRESUPUESTO DE LA SECRETARÍA DEL TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISIÓN PARA EL PERIODO JULIO A DICIEMBRE DE 2008
Título PT
ORÇAMENTO DA SECRETARIA DO TRIBUNAL PERMANENTE DE REVISÃO PARA O PERÍODO JULHO A DEZEMBRO DE 2008
Organo/Foro al que pertenece
  • (GMC) Grupo Mercado Común
Fecha de aprobación
29/06/2008
Organo/Foro que la aprueba
(GMC) Grupo Mercado Común
Tema
Presupuesto Secretaria TPR

Archivos

Actual Versión Fecha Versión Revisión SM Observaciones  
-- 29/06/2008 Aprobado y Publicado --

Incorporación


Argentina
Incorporada
Art. 11 de la Dec. CMC Nº 20/02.
Brasil
Incorporada
Decreto Nº 6.616 del 23/10/08, publicado en el DOU el 24/10/08.
Paraguay
Incorporada
De conformidad con el Artículo 11 de la Dec. CMC Nº 20/02
Uruguay
Incorporada
Decreto Nº 520/008 del 24/10/08, publicada en el DO el 04/11/08.

Entrada en Vigencia


Marco Jurídico
Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.

Concordancia

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1 Ver Directiva 5/2009 ACTUALIZACIÓN DE LAS LISTAS ANEXAS A LA DECISIÓN CMC Nº 37/05 (DEROGACIÓN DE LA DIRECTIVA CCM N° 22/07) -- Ver Directiva
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