MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚNDetalles de la Normativa

Datos básicos

Tipo

Resolución

Clase

Original

Acceso

Público

Número / Año

34 / 2014


Título ES
MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚN
Título PT
MODIFICAÇÃO DA NOMENCLATURA COMUM DO MERCOSUL E SUA CORRESPONDENTE TARIFA EXTERNA COMUM
Organo/Foro al que pertenece
  • (CT Nº 1) Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías
Fecha de aprobación
07/10/2014
Organo/Foro que la aprueba
(GMC) Grupo Mercado Común
Tema
AEC

Archivos

Actual Versión Fecha Versión Revisión SM Observaciones  
-- 07/10/2014 Aprobado y Publicado --

Incorporación


Argentina
Incorporada
Decreto N° 1126/2017 del 29/12/17, publicado en el BO el 02/01/18.
Decreto N° 01/2018 del 02/01/18, publicado en el BO el 03/01/18.
Brasil
Incorporada
Resolución CAMEX N° 101, del 29/10/14, publicada en el DOU el 30/10/14.
Paraguay
Incorporada
Decreto de la Presidencia de la República N° 4722 del 29/12/15.
Uruguay
Incorporada
Decreto de PE Nº 194/015 del 21/07/15, publicado en el DO el 29/07/15.
Venezuela
No incorporada

Entrada en Vigencia


Marco Jurídico
Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.

Concordancia

Desde esta Resolución a otros documentos

Desde otros documentos a esta Resolución

1 Ver Resolución 60/2015 PRESUPUESTO DEL ALTO REPRESENTANTE GENERAL DEL MERCOSUR PARA EL EJERCICIO 2016 -- Ver Resolución
Retroceder