SUB-ESTÁNDAR 3. 7. 27 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ORYZA SATIVA (ARROZ) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 39/03)Detalles de la Normativa

Datos básicos

Tipo

Resolución

Clase

Original

Acceso

Público

Número / Año

7 / 2020


Título ES
SUB-ESTÁNDAR 3. 7. 27 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ORYZA SATIVA (ARROZ) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 39/03)
Título PT
SUB-STANDARD 3. 7. 27 REQUISITOS FITOSSANITÁRIOS PARA ORYZA SATIVA (ARROZ) SEGUNDO PAÍS DE DESTINO E ORIGEM PARA OS ESTADOS PARTES (REVOGAÇÃO DA RESOLUÇÃO GMC Nº 39/03)
Organo/Foro al que pertenece
  • (SGT Nº 8) Agricultura
Fecha de aprobación
30/06/2020
Organo/Foro que la aprueba
(GMC) Grupo Mercado Común
Tema
requisitos fitosanitarios arroz

Archivos

Actual Versión Fecha Versión Revisión SM Observaciones  
-- 30/06/2020 Aprobado y Publicado

Incorporación


Argentina
Incorporada
Resolución del MAGyP N° 12/2021 del 20/01/21, publicada en el BO el 22/01/21.
Brasil
No incorporada
Paraguay
Incorporada
Resolución SENAVE N° 706 del 31/12/20
Uruguay
Incorporada
Resolución MAGyP N° 12/2021 del 20/01/21, publicada en el DO el 22/01/21.
Resolución de la DGSA/MAGyP N° 71/2021 del 28/01/21, publicada en el DO el 11/02/21.

Entrada en Vigencia

Concordancia

Desde esta Resolución a otros documentos

1 Deroga a la Resolución 39/2003 SUB-ESTÁNDAR 3.7.27 - “REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ORYZA SATIVA (ARROZ), SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR” -- Ver Resolución
2 Ver Decisión 6/1996 ACUERDO SOBRE LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS DE LA OMC -- Ver Decisión

Desde otros documentos a esta Resolución

1 Es derogada por la Resolución 45/2021 SUB-ESTÁNDAR 3.7.27 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA ORYZA SATIVA (ARROZ) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 07/20) -- Ver Resolución
Retroceder