Datos básicos
Tipo
Resolución
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
4 / 2021
- Título ES
- REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR DE IDENTIDAD Y CALIDAD DE CEBOLLA (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 100/94)
- Título PT
- REGULAMENTO TÉCNICO MERCOSUL DE IDENTIDADE E QUALIDADE DA CEBOLA (REVOGAÇÃO DA RESOLUÇÃO GMC Nº 100/94)
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (SGT Nº 3) Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad
- Fecha de aprobación
- 26/07/2021
- Organo/Foro que la aprueba
- (GMC) Grupo Mercado Común
- Tema
- RTM
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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-- | 26/07/2021 | Aprobado y Publicado |
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Incorporación
La normativa requiere incorporación
Argentina
Incorporada
Resolución N° 1028/23 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria del 20/10/2023, publicada en el BO el 24/10/2023. |
Brasil
Incorporada
Portaria MAPA N° 427 del 27/04/22, publicada en el DOU el 28/04/22. |
Portaria MAPA N° 486 del 05/09/22, publicada en el DOU el 06/09/22. |
Paraguay
Incorporada
Resolución SENAVE N° 863/21 del 15/12/21. |
Uruguay
Incorporada
Decreto del PE N° 268/2024 del 30/09/2024, publicado en el DO el 09/10/2024. |
Entrada en Vigencia
Vigente desde el 5/12/2024 - Art. 40 POP.
- Marco Jurídico
- Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.
Concordancia
Desde esta Resolución a otros documentos
1 | Deroga a la | Resolución | 100/1994 | IDENTIDAD Y CALIDAD DE LA CEBOLLA | -- | Ver Resolución |
2 | Ver | Resolución | 38/1998 | ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LOS REGLAMENTOS TÉCNICOS MERCOSUR | -- | Ver Resolución |
3 | Ver | Resolución | 12/2006 | ESTRUCTURA Y CRITERIOS PARA LA ELABORACIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS MERCOSUR DE IDENTIDAD Y CALIDAD DE PRODUCTOS VEGETALES IN NATURA | -- | Ver Resolución |
4 | Ver | Resolución | 45/2017 | PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN, REVISIÓN Y DEROGACIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS MERCOSUR Y PROCEDIMIENTOS MERCOSUR DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC Nº 56/02) | -- | Ver Resolución |
Desde otros documentos a esta Resolución
La normativa no posee concordancia en este sentido.