Datos básicos
Tipo
Resolución
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
31 / 2006
- Título ES
- ROTULADO NUTRICIONAL DE ALIMENTOS ENVASADOS (COMPLEMENTACIÓN DE LAS RES. GMC Nº 46/03 y Nº 47/03)
- Título PT
- ROTULAGEM NUTRICIONAL DE ALIMENTOS EMBALADOS (COMPLEMENTAÇÃO DAS RES. GMC Nº 46/03 e Nº 47/03)
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (SGT Nº 3) Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad
- Fecha de aprobación
- 22/06/2006
- Organo/Foro que la aprueba
- (GMC) Grupo Mercado Común
- Tema
- Alimentos
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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-- | 22/06/2006 | Aprobado y Publicado | -- |
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Incorporación
La normativa requiere incorporación
Argentina
Incorporada
Resolución Conjunta de la SPRyRS Nº 49/2007 y de la SAGPyA Nº 106/2007 del 13/04/07, publicada en el BO el 23/04/07. |
Brasil
Incorporada
Resolución ANVISA Nº 163 del 17/08/06, publicado en el DOU el 21/08/06. |
Paraguay
Incorporada
Decreto Nº 12085 del 23/04/08. |
Uruguay
Incorporada
Decreto del PE Nº 768/008 del 22/12/08, publicado en el DO el 07/01/09. |
Entrada en Vigencia
Vigente desde el 12/03/2009 - Art. 40 POP
- Marco Jurídico
- Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.
Concordancia
Desde esta Resolución a otros documentos
La normativa no posee concordancia en este sentido.
Desde otros documentos a esta Resolución
1 | Ver | Resolución | 26/1992 | COMITE DE COOPERACION TECNICA DEL GMC | -- | Ver Resolución |