SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CUPOS OTORGADOS AL MERCOSUR POR TERCEROS PAÍSES O GRUPOS DE PAÍSES (SACME) (MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 31/10)Detalles de la Normativa

Datos básicos

Tipo

Directiva

Clase

Original

Acceso

Público

Número / Año

68 / 2024


Título ES
SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CUPOS OTORGADOS AL MERCOSUR POR TERCEROS PAÍSES O GRUPOS DE PAÍSES (SACME) (MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 31/10)
Título PT
SISTEMA DE ADMINISTRAÇÃO E dISTRIBUIÇÃO DE QUOTAS OUTORGADAS AO MERCOSUL POR TERCEIROS PAÍSES OU GRUPOS DE PAÍSES (SAQME) (MODIFICAÇÃO DA RESOLUÇÃO GMC N° 31/10)
Organo/Foro al que pertenece
  • (CCM) Comisión de Comercio del MERCOSUR
  • (CAH-CUPOS) Comité ad hoc sobre el Control de Cupos del MERCOSUR
Fecha de aprobación
04/07/2024
Organo/Foro que la aprueba
(CCM) Comisión de Comercio del MERCOSUR
Tema
Sistema de Administración y Distribución de Cupos Otorgados al MERCOSUR por Terceros Países o Grupos de Países

Archivos

Actual Versión Fecha Versión Revisión SM Observaciones  
-- 04/07/2024 Aprobado y Publicado --

Incorporación


Paraguay
Incorporada
Decreto del Poder Ejecutivo N° 4299 del 24/07/2025.
Uruguay
Incorporada
Decreto del PE N° 296/2024 del 11/11/2024, publicado en el DO el 21/11/2024.

Entrada en Vigencia


Marco Jurídico
Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.

Concordancia

Desde esta Directiva a otros documentos

1 Modifica Resolución 31/2010 SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CUPOS OTORGADOS AL MERCOSUR POR TERCEROS PAÍSES O GRUPOS DE PAÍSES (SACME) -- Ver Resolución
2 Ver Resolución 57/2019 SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE CUPOS OTORGADOS AL MERCOSUR POR TERCEROS PAÍSES O GRUPOS DE PAÍSES (SACME) (MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 31/10) -- Ver Resolución
3 Ver Directiva 22/2020 COMITÉ AD HOC SOBRE EL CONTROL DE CUPOS DEL MERCOSUR -- Ver Directiva

Desde otros documentos a esta Directiva

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