Datos básicos
Tipo
Directiva
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
9 / 1995
- Título ES
- CONTRAPARTE EN LOS PROGRAMAS DE COOPERACIÓN
- Título PT
- CONTRAPARTE NOS PROGRAMAS DE COOPERAÇÃO
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (CT Nº 2) Asuntos Aduaneros
- Fecha de aprobación
- 01/08/1995
- Organo/Foro que la aprueba
- (CCM) Comisión de Comercio del MERCOSUR
- Tema
- cooperación
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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-- | 01/08/1995 | Aprobado y Publicado | -- |
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Incorporación
La normativa no requiere incorporación
Entrada en Vigencia
Vigente desde su aprobación el 01/08/1995 - Art. 5 a) y 9 ii) Decisión CMC Nº 023/2000
- Marco Jurídico
- Art. 5 a) y 9 ii) Decisión CMC Nº 023/2000: a) Esta Directiva no necesita ser incorporada al ordenamiento jurídico de los Estados Partes por reglamentar aspectos de la organización o del funcionamiento del MERCOSUR ii) Los Estados Partes deberán identificar cuáles fueron las normas no incorporadas debido a las circunstancias previstas en el artículo 5 (a). La identificación de estas normas se hará en orden cronológico decreciente y será realizada de forma cuatripartita en el ámbito del GMC. La SAM tomará nota de los resultados de ese trabajo con vistas a la actualización de la información que se proporcione en el Cuadro de Incorporación de Protocolos Decisiones Resoluciones y Directivas.
Concordancia
Desde esta Directiva a otros documentos
La normativa no posee concordancia en este sentido.
Desde otros documentos a esta Directiva
1 | Ver | Resolución | 26/1992 | COMITE DE COOPERACION TECNICA DEL GMC | -- | Ver Resolución |