Datos básicos
Tipo
Decisión
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
25 / 2005
- Título ES
- PROGRAMA DE ACCIÓN MERCOSUR LIBRE DE FIEBRE AFTOSA
- Título PT
- PROGRAMA DE AÇÃO MERCOSUL LIVRE DE FEBRE AFTOSA
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (RMA) Reunión de Ministros de Agricultura
- Fecha de aprobación
- 08/12/2005
- Organo/Foro que la aprueba
- (CMC) Consejo del Mercado Común
- Tema
- AFTOSA
Versión Actual: (Fe de erratas 1) - Fecha Versión: 14/05/2007
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
---|---|---|---|---|---|
|
Fe de erratas 1 | 14/05/2007 | Aprobado y Publicado | -- |
|
|
-- | 08/12/2005 | Aprobado y Publicado | -- |
|
Incorporación
La normativa requiere incorporación
Argentina
Incorporada
Resolución SAGPyA Nº 89/2006 del 01/03/2006, publicada en el BO el 03/03/2006. |
Brasil
Incorporada
Instrucción Normativa MAPA Nº 8 del 07/04/2006, publicada en el DOU el 10/04/2006. |
Paraguay
Incorporada
Decreto Nº 7248/2006 del 17/03/2006. |
Uruguay
Incorporada
Decreto Nº 118/006 del 24/04/2006, publicado en el DO el 27/04/2006. |
Entrada en Vigencia
Vigente desde el 11/06/2006 - Art. 40 POP.
- Marco Jurídico
- Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.
Concordancia
Desde esta Decisión a otros documentos
1 | Ver | Decisión | 8/2005 | PROGRAMA DE ACCIÓN MERCOSUR LIBRE DE FIEBRE AFTOSA | -- | Ver Decisión |
2 | Ver | Resolución | 43/2003 | PROTOCOLIZACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA ALADI DE LAS NORMAS EMANADAS DE LOS ÓRGANOS DEL MERCOSUR | -- | Ver Resolución |
Desde otros documentos a esta Decisión
1 | Ver | Decisión | 52/2008 | PROGRAMA DE ACCIÓN MERCOSUR LIBRE DE FIEBRE AFTOSA | -- | Ver Decisión |
2 | Ver | Decisión | 12/2009 | REGLAMENTO DEL FONDO PARA LA CONVERGENCIA ESTRUCTURAL DEL MERCOSUR (ARTÍCULO 63) | -- | Ver Decisión |