FORMULARIO TIF/DTADetalles de la Normativa

Datos básicos

Tipo

Resolución

Clase

Copia

Acceso

Público

Número / Año

9 / 1992


Título ES
FORMULARIO TIF/DTA
Título PT
FORMULÁRIO TIF/DTA
Organo/Foro al que pertenece
  • (SGT Nº 5) Transporte Terrestre
Fecha de aprobación
01/04/1992
Organo/Foro que la aprueba
(GMC) Grupo Mercado Común
Tema
Aduana

Archivos

Actual Versión Fecha Versión Revisión SM Observaciones  
-- 01/04/1992 Aprobado y Publicado

Incorporación


Argentina
Incorporada
Resolución ANA Nº 829/1992 del 26/05/92, publicada en el BO el 14/07/92.
Brasil
Incorporada
Instrucción Normativa SRF Nº 12/92 del 25/01/1993.
Paraguay
Incorporada
Resolución de la DNA Nº 168 del 05/08/1992.
Uruguay
Incorporada
Orden del Día de la DNA Nº 42/996 del 21/05/1996.

Entrada en Vigencia


Marco Jurídico
Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.

Concordancia

Desde esta Resolución a otros documentos

1 Ver Resolución 4/1991 MANIFIESTO INTERNACIONAL DE CARGA Y DECLARACIÓN DE TRÁNSITO ADUANERO -- Ver Resolución

Desde otros documentos a esta Resolución

1 Es derogada por la Resolución 49/1998 SUPERFICIES REFLECTIVAS. (DEROGA LA RESOLUCIÓN GMC Nº 29/94) -- Ver Resolución
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