Datos básicos
Tipo
Resolución
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
7 / 2018
- Título ES
- REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR DE IDENTIDAD Y CALIDAD DE LECHE EN POLVO (DEROGACIÓN DE LAS RES. GMC Nº 82/93 y 138/96)
- Título PT
- REGULAMENTO TÉCNICO MERCOSUL DE IDENTIDADE E QUALIDADE DO LEITE EM PÓ (REVOGAÇÃO DAS RES. GMC Nº 82/93 e 138/96)
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (SGT Nº 3) Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad
- Fecha de aprobación
- 19/04/2018
- Organo/Foro que la aprueba
- (GMC) Grupo Mercado Común
- Tema
- RTM leche en polvo
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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-- | 19/04/2018 | Aprobado y Publicado | -- |
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Incorporación
La normativa requiere incorporación
Argentina
Incorporada
Resolución Conjunta de la SRyGS y SAyB N° 9/19, publicada en el BO el 25/03/19. |
Brasil
Incorporada
Instrucción Normativa de MAPA N° 07 del 01/10/18, publicada en el DOU el 16/10/18. |
Paraguay
Incorporada
Decreto de la Presidencia de la República N° 4459 del 09/12/20. |
Uruguay
Incorporada
Decreto del PE N° 328/018 del 15/10/18, publicado en el DO el 22/10/18. |
Entrada en Vigencia
Vigente desde el 16/03/2022 - Art. 40 POP
- Marco Jurídico
- Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.
Concordancia
Desde esta Resolución a otros documentos
1 | Deroga a la | Resolución | 82/1993 | IDENTIDAD Y CALIDAD LECHE EN POLVO | -- | Ver Resolución |
2 | Deroga a la | Resolución | 138/1996 | INCLUSION DE COADYUVANTES DE TECNOLOGIA/ELABORACION EN EL REGLAMENTO TECNICO PARA FIJACION DE IDENTIDAD Y CALIDAD DE LA LECHE EN POLVO | -- | Ver Resolución |
3 | Ver | Resolución | 38/1998 | ÁMBITO DE APLICACIÓN DE LOS REGLAMENTOS TÉCNICOS MERCOSUR | -- | Ver Resolución |
4 | Ver | Resolución | 45/2017 | PROCEDIMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN, REVISIÓN Y DEROGACIÓN DE REGLAMENTOS TÉCNICOS MERCOSUR Y PROCEDIMIENTOS MERCOSUR DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC Nº 56/02) | -- | Ver Resolución |
Desde otros documentos a esta Resolución
La normativa no posee concordancia en este sentido.