SUB-ESTANDAR 3. 7. 48 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA PINUS SPP. (PINO) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC Nº 24/16)Detalles de la Normativa

Datos básicos

Tipo

Resolución

Clase

Original

Acceso

Público

Número / Año

13 / 2018


Título ES
SUB-ESTANDAR 3. 7. 48 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA PINUS SPP. (PINO) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN, PARA LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR (DEROGACIÓN DE LA RES. GMC Nº 24/16)
Título PT
SUB-STANDARD 3. 7. 48 REQUISITOS FITOSSANITÁRIOS PARA PINUS SPP. (PINUS) SEGUNDO PAÍS DE DESTINO E ORIGEM, PARA OS ESTADOS PARTES DO MERCOSUL (REVOGAÇÃO DA RES. GMC Nº 24/16)
Organo/Foro al que pertenece
  • (SGT Nº 8) Agricultura
Fecha de aprobación
19/04/2018
Organo/Foro que la aprueba
(GMC) Grupo Mercado Común
Tema
Requsitos fitosanitarios Pinus

Archivos

Actual Versión Fecha Versión Revisión SM Observaciones  
-- 19/04/2018 Aprobado y Publicado --

Incorporación


Argentina
No incorporada
Brasil
No incorporada
Paraguay
Incorporada
Resolución SENAVE N° 747/2019 del 07/10/19.
Uruguay
No incorporada

Entrada en Vigencia


Concordancia

Desde esta Resolución a otros documentos

1 Ver Resolución 52/2002 ESTÁNDAR 3.7. requisitos fitosanitarios ARMONIZADOS por CATEGORIA DE RIESGO para el ingreso de productos vegetales 2dª Revisión -- Ver Resolución
2 Deroga a la Resolución 24/2016 SUB ESTÁNDAR 3.7.48. REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA PINUS SPP. (PINO) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES -- Ver Resolución

Desde otros documentos a esta Resolución

1 Es derogada por la Resolución 9/2020 SUB-ESTÁNDAR 3. 7. 48 REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA PINUS SPP. (PINO) SEGÚN PAÍS DE DESTINO Y ORIGEN PARA LOS ESTADOS PARTES (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 13/18) -- Ver Resolución
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