Datos básicos
Tipo
Resolución
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
28 / 2007
- Título ES
- MODIFICACIÓN DE LA NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR Y SU CORRESPONDIENTE ARANCEL EXTERNO COMÚN
- Título PT
- MODIFICAÇÃO DA NOMENCLATURA COMUM DO MERCOSUL E SUA CORRESPONDENTE TARIFA EXTERNA COMUM
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (CT Nº 1) Aranceles, Nomenclatura y Clasificación de Mercaderías
- (CCM) Comisión de Comercio del MERCOSUR
- Fecha de aprobación
- 11/12/2007
- Organo/Foro que la aprueba
- (GMC) Grupo Mercado Común
- Tema
- AEC
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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-- | 11/12/2007 | Aprobado y Publicado | -- |
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Incorporación
La normativa requiere incorporación
Argentina
Incorporada
Resolución Conjunta del MP Nº 223/2009 y del MEyFP Nº 331/2009 del 24/06/09, publicada en el BO el 01/07/09. |
Brasil
Incorporada
Resolución CAMEX Nº 71 del 20/12/07, publicada en el DOU el 24/12/07. |
Paraguay
Incorporada
Decreto Nº 1.813 del 15/04/09. |
Uruguay
Incorporada
Decreto del PE Nº 37/008 del 22/01/08, publicado en el DO el 29/01/08. |
Entrada en Vigencia
Vigente desde el 16/08/2009 - Art. 40 POP.
- Marco Jurídico
- Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.
Concordancia
Desde esta Resolución a otros documentos
La normativa no posee concordancia en este sentido.
Desde otros documentos a esta Resolución
1 | Ver | Directiva | 5/2009 | ACTUALIZACIÓN DE LAS LISTAS ANEXAS A LA DECISIÓN CMC Nº 37/05 (DEROGACIÓN DE LA DIRECTIVA CCM N° 22/07) | -- | Ver Directiva |
2 | Ver | Directiva | 6/2009 | RÉGIMEN DE ORIGEN DEL MERCOSUR (DEROGACIÓN DE LA DIRECTIVA CCM Nº 23/07) | -- | Ver Directiva |
3 | Ver | Decisión | 37/2007 | MODIFICACIÓN DEL ARANCEL EXTERNO COMÚN | -- | Ver Decisión |