MODIFICACIÓN DEL ARANCEL EXTERNO COMÚNDetalles de la Normativa

Datos básicos

Tipo

Decisión

Clase

Original

Acceso

Público

Número / Año

37 / 2007


Título ES
MODIFICACIÓN DEL ARANCEL EXTERNO COMÚN
Título PT
MODIFICAÇÃO DA TARIFA EXTERNA COMUM
Organo/Foro al que pertenece
  • (CMC) Consejo del Mercado Común
Fecha de aprobación
27/09/2007
Organo/Foro que la aprueba
(CMC) Consejo del Mercado Común
Tema
aranceles

Archivos

Actual Versión Fecha Versión Revisión SM Observaciones  
-- 27/09/2007 Aprobado y Publicado --

Incorporación


Argentina
Incorporada
Resolución MEyP Nº 476 del 08/10/2008, publicado en el BO el 15/10/2008
Brasil
Incorporada
Resolución CAMEX Nº 40 del 27/09/2007, publicada en el DOU el 28/09/2007.
Paraguay
Incorporada
Decreto Nº 11.910 del 11/03/2008.
Uruguay
Incorporada
Decreto Nº 454/007 del 26/11/2007, publicado en el DO el 04/12/2007.

Entrada en Vigencia


Marco Jurídico
Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.

Concordancia

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