RÉGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR “ACTUALIZACIÓN DE LOS REQUISITOS ESPECIFICOS DE ORIGEN A LA VI ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO”Detalles de la Normativa

Datos básicos

Tipo

Directiva

Clase

Original

Acceso

Público

Número / Año

72 / 2018


Título ES
RÉGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR “ACTUALIZACIÓN DE LOS REQUISITOS ESPECIFICOS DE ORIGEN A LA VI ENMIENDA DEL SISTEMA ARMONIZADO”
Título PT
REGIME DE ORIGEM MERCOSUL “ATUALIZAÇÃO DOS REQUISITOS ESPECIFICOS DE ORIGEM PARA A VI EMENDA DO SISTEMA HARMONIZADO”
Organo/Foro al que pertenece
  • (CT Nº 3) Normas y Disciplinas Comerciales
Fecha de aprobación
15/12/2018
Organo/Foro que la aprueba
(CCM) Comisión de Comercio del MERCOSUR
Tema
Régimen de Origen

Versión Actual: (Fe de erratas 4) - Fecha Versión: 19/08/2020

Archivos

Actual Versión Fecha Versión Revisión SM Observaciones  
Fe de erratas 4 19/08/2020 Aprobado y Publicado --
Fe de erratas 3 10/06/2019 Aprobado y Publicado --
Fe de erratas 2 22/04/2019 Aprobado y Publicado --
Fe de erratas 1 10/01/2019 Aprobado y Publicado --
-- 15/12/2018 Aprobado y Publicado --

Incorporación


Argentina
Incorporada
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto N° 415/1991.
Brasil
Incorporada
Decreto N° 10.213 del 30/01/20, publicado en el DOU el 31/01/20.
Paraguay
Incorporada
Decreto de Presidencia de la República N° 3371 del 18/2/20.
Uruguay
Incorporada
Decreto del PE N° 359/019 del 02/12/19, publicado en el DO el 19/12/19.

Marco Jurídico
Art. 4 y 5 de la Resolución GMC Nº 043/2003: Art. 4 - Cada Estado Parte notificará en una misma comunicación a la Secretaría del MERCOSUR la incorporación de la Norma MERCOSUR y del correspondiente Protocolo Adicional al ordenamiento jurídico nacional. Art. 5 - Cuando todos los Estados Partes hubieren enviado la comunicación a que refiere el artículo anterior a la Secretaría del MERCOSUR, esta deberá comunicar de inmediato a la Secretaria General de la ALADI la incorporación de la Norma MERCOSUR y su correspondiente Protocolo Adicional a los ordenamientos jurídicos de los cuatro Estados Partes.

Protocolización en ALADI

Número de Protocolo
AAP.CE N° 18 - PA 180
Fecha de Protocolización
26/07/2019

Entrada en Vigencia


Marco Jurídico
Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.

Concordancia

Desde esta Directiva a otros documentos

1 Modifica Decisión 1/2009 RÉGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR -- Ver Decisión
2 Deroga a la Directiva 41/2011 RÉGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR -- Ver Directiva
3 Deroga a la Directiva 1/2012 ADECUACIÓN DE REQUISITOS ESPECÍFICOS DE ORIGEN -- Ver Directiva
4 Deroga a la Directiva 32/2014 ADECUACIÓN DE REQUISITOS ESPECÍFICOS DE ORIGEN -- Ver Directiva
5 Deroga a la Directiva 33/2015 ADECUACIÓN DE REQUISITOS ESPECÍFICOS DE ORIGEN -- Ver Directiva
6 Deroga a la Directiva 55/2017 MODIFICACIÓN DE LA DECISIÓN CMC N°01/09 “REGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR” Y DE LA DIRECTIVA CCM N° 41/11 -- Ver Directiva

Desde otros documentos a esta Directiva

1 Es modificada por Directiva 37/2019 MODIFICACIÓN DE LA DECISIÓN CMC Nº 01/09 “RÉGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR” MODIFICACIÓN DE LA DIRECTIVA CCM Nº 41/11 MODIFICACIÓN DE LA DIRECTIVA CCM Nº 72/18 -- Ver Directiva
2 Es derogada por la Decisión 5/2023 RÉGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR -- Ver Decisión
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