Datos básicos
Tipo
Decisión
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
50 / 2004
- Título ES
- NORMA RELATIVA AL DESPACHO ADUANERO DE MERCADERÍAS
- Título PT
- NORMA RELATIVA AO DESPACHO ADUANEIRO DE MERCADORIAS
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (CT Nº 2) Asuntos Aduaneros
- Fecha de aprobación
- 16/12/2004
- Organo/Foro que la aprueba
- (CMC) Consejo del Mercado Común
- Tema
- aduana
Versión Actual: (Fe de erratas 1) - Fecha Versión: 16/02/2005
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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Fe de erratas 1 | 16/02/2005 | Aprobado y Publicado | -- |
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-- | 16/12/2004 | Aprobado y Publicado | -- |
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Incorporación
La normativa requiere incorporación
Argentina
Incorporada
Resolución General de la AFIP Nº 2090/2006 del 06/07/2006, publicada en el DO el 10/07/2006. |
Brasil
Incorporada
Decreto Nº 6.870 del 04/06/2009, publicada en el DOU el 05/06/2009. |
Paraguay
Incorporada
Decreto Nº 6903 del 29/12/2005. |
Uruguay
Incorporada
Decreto Nº 173/005 del 06/06/2005, publicado en el DO el 13/06/2005. |
Entrada en Vigencia
Vigente desde el 09/07/2009 - Art. 40 POP.
- Marco Jurídico
- Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.
Concordancia
Desde esta Decisión a otros documentos
1 | Ver | Decisión | 16/1994 | NORMA DE APLICACION SOBRE DESPACHO ADUANERO DE MERCADERIAS | -- | Ver Decisión |
2 | Ver | Decisión | 2/1999 | PROGRAMA DE ASUNCIÓN SOBRE MEDIDAS DE SIMPLIFICACIÓN OPERACIONAL DE TRÁMITES DE COMERCIO EXTERIOR Y DE FRONTERA | -- | Ver Decisión |
Desde otros documentos a esta Decisión
1 | Ver | Resolución | 39/2015 | DATOS A SER INCORPORADOS EN EL DUAM | -- | Ver Resolución |
2 | Ver | Resolución | 9/2021 | MODELO DE DATOS DE LAS DECLARACIONES ADUANERAS DEL MERCOSUR (DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC N° 39/15) | -- | Ver Resolución |
3 | Ver | Decisión | 17/2010 | DOCUMENTO ÚNICO ADUANERO DEL MERCOSUR | -- | Ver Decisión |