Datos básicos
Tipo
Decisión
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
29 / 2003
- Título ES
- RÉGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR
- Título PT
- REGIME DE ORIGEM MERCOSUL
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (GMC) Grupo Mercado Común
- Fecha de aprobación
- 16/12/2003
- Organo/Foro que la aprueba
- (CMC) Consejo del Mercado Común
- Tema
- origen
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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-- | 16/12/2003 | Aprobado y Publicado | -- |
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Incorporación
La normativa requiere incorporación
Argentina
Incorporada
De conformidad con el Decreto N° 415/1991. |
Brasil
Incorporada
Decreto Nº 5077 del 11/05/2004, publicado en el DOU el 12/05/2004 |
Paraguay
Incorporada
Decreto Nº 3074 del 19/08/2004. |
Uruguay
Incorporada
Decreto Nº 206/004 del 23/06/2004, publicado en el DO el 29/06/2004. |
Protocolización en ALADI
- Número de Protocolo
- AAP. CE N° 18 - PA 47
- Fecha de Protocolización
- 17/02/2004
Entrada en Vigencia
Vigente desde el 29/12/2004 - Art. 40 POP.
- Marco Jurídico
- Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.
Concordancia
Desde esta Decisión a otros documentos
1 | Ver | Decisión | 23/1994 | REGIMEN DE ORIGEN | -- | Ver Decisión |
2 | Ver | Decisión | 5/1996 | PRODUCTOS SUJETOS AL REGIMEN DE ORIGEN DEL MERCOSUR | -- | Ver Decisión |
3 | Ver | Resolución | 41/1995 | CERTIFICADO DE ORIGEN DEL MERCOSUR | -- | Ver Resolución |
4 | Ver | Directiva | 12/1996 | RÉGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR INSTRUCCIÓN PARA EL CONTROL DE CERTIFICADOS DE ORIGEN DO MERCOSUR POR PARTE DE LAS ADMINISTRACIONES ADUANERAS | -- | Ver Directiva |
5 | Ver | Resolución | 8/1997 | NÓMINA DE PUNTOS DE FRONTERA DE CONTROLES INTEGRADOS ENTRE LOS ESTADOS PARTES | -- | Ver Resolución |
6 | Ver | Resolución | 17/1996 | PAUTAS NEGOCIADORAS DE LA RECyT | -- | Ver Resolución |
7 | Ver | Resolución | 15/1999 | Creación de la Comisión Sociolaboral del MERCOSUR | -- | Ver Resolución |
Desde otros documentos a esta Decisión
1 | Ver | Decisión | 13/2011 | FORTALECIMIENTO DE LOS MECANISMOS PARA LA SUPERACIÓN DE LAS ASIMETRIAS | -- | Ver Decisión |
2 | Ver | Decisión | 13/2021 | RÉGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR | -- | Ver Decisión |
3 | Es modificada por | Decisión | 16/2007 | Régimen de Origen MERCOSUR | -- | Ver Decisión |
4 | Ver | Decisión | 41/2003 | RÉGIMEN DE ORIGEN MERCOSUR | -- | Ver Decisión |