DISPOSICIONES SANITARIAS PARA LA REGIONALIZACIÓN DE LA PESTE PORCINA CLÁSICA EN EL MERCOSURDetalles de la Normativa

Datos básicos

Tipo

Resolución

Clase

Original

Acceso

Público

Número / Año

20 / 1997


Título ES
DISPOSICIONES SANITARIAS PARA LA REGIONALIZACIÓN DE LA PESTE PORCINA CLÁSICA EN EL MERCOSUR
Título PT
DISPOSIÇÕES SANITÁRIAS PARA A REGIONALIZAÇÃO DA PESTE PORCINA CLÁSSICA NO MERCOSUL
Organo/Foro al que pertenece
  • (SGT Nº 8) Agricultura
Fecha de aprobación
17/06/1997
Organo/Foro que la aprueba
(GMC) Grupo Mercado Común
Tema
peste porcina

Archivos

Actual Versión Fecha Versión Revisión SM Observaciones  
-- 17/06/1997 Aprobado y Publicado --

Incorporación


Argentina
Incorporada
Resolución SAGPyA Nº 584/2006 del 20/09/06, publicada en el BO el 26/09/06.
Brasil
Incorporada
Instrucción Normativa MAA Nº 19 del 31/07/2000, publicado en el DOU el 11/08/2000
Paraguay
Incorporada
Decreto del MAG Nº 891/98 del 06/11/98, publicado en la GO el 10/11/98.
Uruguay
Incorporada
Decreto del PE Nº 8/007 del 05/01/2007, publicado en el DO el 16/01/2007.

Entrada en Vigencia


Marco Jurídico
Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.

Concordancia

Desde esta Resolución a otros documentos

1 Ver Resolución 46/1996 MARCO REGULATORIO PARA EL TRATAMIENTO DE LA GENETICA ANIMAL DE BOVINOS, CAPRINOS, OVINOS, EQUIDOS Y PORCINOS EN EL MERCOSUR -- Ver Resolución
2 Ver Resolución 19/1997 DISPOSICIONES SANITARIAS Y CERTIFICADO ZOOSANITARIO ÚNICO DE SUINOS PARA INTERCAMBIO ENTRE LOS ESTADOS PARTES DEL MERCOSUR -- Ver Resolución

Desde otros documentos a esta Resolución

1 Es derogada por la Resolución 33/2018 DEROGACIÓN DE LAS RESOLUCIONES GMC Nº 56/93, 06/96, 46/96 y 20/97 -- Ver Resolución
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