Datos básicos
Tipo
Resolución
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
33 / 2018
- Título ES
- DEROGACIÓN DE LAS RESOLUCIONES GMC Nº 56/93, 06/96, 46/96 y 20/97
- Título PT
- REVOGAÇÃO DAS RESOLUÇÕES GMC Nº 56/93, 06/96, 46/96 e 20/97
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (SGT Nº 8) Agricultura
- Fecha de aprobación
- 05/09/2018
- Organo/Foro que la aprueba
- (GMC) Grupo Mercado Común
- Tema
- derogaciones - Agricultura
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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-- | 05/09/2018 | Aprobado y Publicado | -- |
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Incorporación
La normativa requiere incorporación
Argentina
Incorporada
Resolución del MAGyP N° 36/2019 del 12/09/19, publicada en el BO el 16/09/19. |
Brasil
Incorporada
Instrucción Normativa MAPA N° 38 del 30/08/19, publicada en el DOU el 05/09/19 |
Paraguay
Incorporada
Resolución SENACSA N° 1585/19 del 15/10/19. |
Uruguay
Incorporada
Decreto del PE N° 12/020 del 13/01/20, publicado en el DO el 22/01/20. |
Entrada en Vigencia
Vigente desde el 06/06/2020 - Art. 40 POP
- Marco Jurídico
- Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.
Concordancia
Desde esta Resolución a otros documentos
1 | Ver | Decisión | 6/1996 | ACUERDO SOBRE LA APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS SANITARIAS Y FITOSANITARIAS DE LA OMC | -- | Ver Decisión |
2 | Deroga a la | Resolución | 56/1993 | NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA DECLARACIÓN DE UN PAÍS O ZONA LIBRE DE ENTERMEDADES TRANSMISIBLES | -- | Ver Resolución |
3 | Deroga a la | Resolución | 6/1996 | NORMAS SANITARIAS PARA EL TRÁNSITO EN EL MERCOSUR DE ANIMALES PARA ESPECTÁCULOS CIRCENSES | -- | Ver Resolución |
4 | Deroga a la | Resolución | 46/1996 | MARCO REGULATORIO PARA EL TRATAMIENTO DE LA GENETICA ANIMAL DE BOVINOS, CAPRINOS, OVINOS, EQUIDOS Y PORCINOS EN EL MERCOSUR | -- | Ver Resolución |
5 | Deroga a la | Resolución | 20/1997 | DISPOSICIONES SANITARIAS PARA LA REGIONALIZACIÓN DE LA PESTE PORCINA CLÁSICA EN EL MERCOSUR | -- | Ver Resolución |
Desde otros documentos a esta Resolución
La normativa no posee concordancia en este sentido.