BIENES DE CAPITAL Y BIENES DE INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONESDetalles de la Normativa

Datos básicos

Tipo

Decisión

Clase

Original

Acceso

Público

Número / Año

25 / 2015


Título ES
BIENES DE CAPITAL Y BIENES DE INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES
Título PT
BENS DE CAPITAL E BENS DE INFORMÁTICA E TELECOMUNICAÇÕES
Organo/Foro al que pertenece
  • (CMC) Consejo del Mercado Común
Fecha de aprobación
16/07/2015
Organo/Foro que la aprueba
(CMC) Consejo del Mercado Común
Tema
Bienes de Capital y Bienes de informática y Telecomunicaciones

Archivos

Actual Versión Fecha Versión Revisión SM Observaciones  
-- 16/07/2015 Aprobado y Publicado

Incorporación


Argentina
Incorporada
Decreto N° 2271/2015 del 02/11/15, publicado en el BO el 11/11/15.
Brasil
Incorporada
Resolución CAMEX N° 92/15 del 24/09/15, publicada en el DOU el 25/09/15.
Paraguay
Incorporada
Decreto de la Presidencia de la Republica N° 4722 del 29/12/15.
Uruguay
Incorporada
Decreto del PE N° 282/015 del 19/10/15, publicado en el DO el 23/10/15.
Venezuela
No incorporada

Entrada en Vigencia


Marco Jurídico
Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.

Concordancia

Desde esta Decisión a otros documentos

1 Ver Decisión 7/1994 ARANCEL EXTERNO COMUN -- Ver Decisión
2 Ver Decisión 22/1994 ARANCEL EXTERNO COMUN -- Ver Decisión
3 Ver Decisión 69/2000 REGÍMENES ADUANEROS ESPECIALES DE IMPORTACIÓN -- Ver Decisión
4 Ver Decisión 5/2001 GRUPO DE ALTO NIVEL PARA EXAMINAR LA CONSISTENCIA Y DISPERSIÓN DEL ARANCEL EXTERNO COMÚN -- Ver Decisión
5 Ver Decisión 2/2003 MEDIDAS EXCEPCIONALES EN EL ÁMBITO ARANCELARIO -- Ver Decisión
6 Ver Decisión 33/2003 BIENES DE INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES -- Ver Decisión
7 Ver Decisión 34/2003 BIENES DE CAPITAL -- Ver Decisión
8 Ver Decisión 33/2005 REGÍMENES ESPECIALES DE IMPORTACIÓN -- Ver Decisión
9 Ver Decisión 39/2005 BIENES DE INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES -- Ver Decisión
10 Ver Decisión 40/2005 BIENES DE CAPITAL -- Ver Decisión
11 Ver Decisión 58/2007 BIENES DE CAPITAL -- Ver Decisión
12 Ver Decisión 61/2007 BIENES DE INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES -- Ver Decisión
13 Ver Decisión 58/2008 BIENES DE CAPITAL Y BIENES DE INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES -- Ver Decisión
14 Ver Decisión 59/2008 BIENES DE CAPITAL – MODIFICACIÓN DE LA DECISIÓN CMC N° 34/03 -- Ver Decisión
15 Ver Decisión 35/2014 PRÓRROGA REGÍMENES ESPECIALES DE IMPORTACIÓN -- Ver Decisión
16 Ver Decisión 57/2010 BIENES DE CAPITAL Y BIENES DE INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES -- Ver Decisión

Desde otros documentos a esta Decisión

1 Ver Directiva 75/2019 MODELOS PARA EL ENVÍO DE INFORMACIÓN Y DATOS ESTADÍSTICOS RELATIVOS A LOS REGÍMENES ESPECIALES DE IMPORTACIÓN -- Ver Directiva
2 Ver Decisión 8/2021 BIENES DE CAPITAL Y BIENES DE INFORMÁTICA Y TELECOMUNICACIONES -- Ver Decisión
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