Datos básicos
Tipo
Resolución
Clase
Original
Acceso
Público
Número / Año
24 / 2017
- Título ES
- ESTÁNDAR MERCOSUR PARA ACREDITACIÓN DE LABORATORIOS DE ANÁLISIS DE SEMILLAS Y HABILITACIÓN DE MUESTREADORES (DEROGACIÓN DE LAS RES. GMC Nº 60/97 Y 72/99)
- Título PT
- PADRÃO MERCOSUL PARA CREDENCIAMENTO DE LABORATÓRIOS DE ANÁLISES DE SEMENTES E HABILITAÇÃO DE AMOSTRADORES (REVOGAÇÃO DAS RES. GMC N° 60/97 e 72/99)
- Organo/Foro al que pertenece
-
- (SGT Nº 8) Agricultura
- Fecha de aprobación
- 19/07/2017
- Organo/Foro que la aprueba
- (GMC) Grupo Mercado Común
- Tema
- Semillas
Archivos
Actual | Versión | Fecha Versión | Revisión SM | Observaciones | |
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-- | 19/07/2017 | Aprobado y Publicado | -- |
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Incorporación
La normativa requiere incorporación
Argentina
Incorporada
Resolución del MA N° 36/2018 del 16/03/18, publicada en el BO el 21/03/18. |
Brasil
Incorporada
Instrucción Normativa MAPA Nº 54 del 01/10/18, publicada en el DOU el 05/10/18. |
Paraguay
Incorporada
Resolución SENAVE N° 321 del 17/12/18. |
Uruguay
Incorporada
Decreto del MGAyP Nº 365/018 del 05/11/18, publicado en el DO el 13/11/18. |
Entrada en Vigencia
Vigente desde el 23/10/2020 - Art. 40 POP
- Marco Jurídico
- Art. 40 POP: Con la finalidad de garantizar la vigencia simultánea en los Estados Partes de las normas emanadas de los órganos del Mercosur previstos en el Artículo 2 de este Protocolo deberá seguirse el siguiente procedimiento: i) Una vez aprobada la norma los Estados Partes adoptarán las medidas necesarias para su incorporación al ordenamiento jurídico nacional y comunicarán las mismas a la Secretaría Administrativa del Mercosur ii) Cuando todos los Estados Partes hubieren informado la incorporación a sus respectivos ordenamientos jurídicos internos la Secretaría Administrativa del Mercosur comunicará el hecho a cada Estado Parte iii) Las normas entrarán en vigor simultáneamente en los Estados Partes 30 días después de la fecha de comunicación efectuada por la Secretaría Administrativa del Mercosur en los términos del literal anterior. Con ese objetivo los Estados Partes dentro del plazo mencionado darán publicidad del inicio de la vigencia de las referidas normas por intermedio de sus respectivos diarios oficiales.
Concordancia
Desde esta Resolución a otros documentos
1 | Deroga a la | Resolución | 60/1997 | ESTÁNDAR PARA ACREDITACIÓN, HABILITACIÓN, FUNCIONAMIENTO, INSPECCIÓN, AUDITORIA Y PRUEBAS DE REFERENCIA DE LABORATORIOS DE ANÁLISIS DE SEMILLAS | -- | Ver Resolución |
2 | Deroga a la | Resolución | 72/1999 | Requisitos para Acreditación / Habilitación de Muestreadores de Lotes de Semillas | -- | Ver Resolución |
3 | Ver | Resolución | 2/1994 | ARMONIZACION DE METODOLOGIA DE ANALISIS DE SEMILLAS | -- | Ver Resolución |
4 | Ver | Resolución | 16/1998 | BOLETÍN MERCOSUR DE ANÁLISIS DE LOTES DE SEMILLAS BOLETÍN MERCOSUR DE ANÁLISIS DE MUESTRAS DE SEMILLAS | -- | Ver Resolución |
5 | Ver | Resolución | 29/2000 | FE DE ERRATAS DE LA RES. GMC Nº 60/97 “ESTÁNDAR PARA ACREDITACIÓN, HABILITACIÓN, FUNCIONAMIENTO, INSPECCIÓN, AUDITORÍA Y PRUEBAS DE REFERENCIA DE LABORATORIOS DE ANÁLISIS DE SEMILLAS” | -- | Ver Resolución |
6 | Ver | Resolución | 53/2001 | FE DE ERRATAS A LA RESOLUCIÓN GMC Nº 69/98 MODIFICACIÓN A LA RESOLUCIÓN GMC N° 60/97 “ESTANDAR PARA ACREDITACIÓN, HABILITACIÓN, FUNCIONAMIENTO, INSPECCIÓN, AUDITORÍA Y PRUEBAS DE REFERENCIA DE LABORATORIOS DE ANÁLISIS DE SEMILLAS” | -- | Ver Resolución |
7 | Ver | Resolución | 21/2017 | GLOSARIO MERCOSUR DE TERMINOLOGÍA DE SEMILLAS (DEROGACIÓN DE LAS RES. GMC Nº 70/98 y 71/99) | -- | Ver Resolución |
Desde otros documentos a esta Resolución
1 | Ver | Resolución | 28/2020 | DEROGACIÓN DE LA RESOLUCIÓN GMC Nº 02/94 | -- | Ver Resolución |